Acciones Afirmativas a favor de la Participación de las Mujeres

Las acciones afirmativas tienen como origen y función, ser un mecanismo equiparable de las desigualdades sociales y de los espacios democráticos para grupos con alguna desventaja –deriva de la traducción del término anglosajón affirmative action.2

Las acciones afirmativas promueven y, a su vez, exigen el cumplimiento de aquellas normas destinadas a la igualdad entre las personas, a través de la eliminación de las desigualdades de hecho y el restablecimiento de derecho fundamentales a la igualdad en su dimensión material o legislativa, o bien, por la vía jurisdiccional.
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  2.Sowell, Th. Affirmative action around the world. Yale University Press. 2014. Página 47

Armonización Legislativa

La armonización legislativa se refiere a la compatibilidad que debe prevalecer entre los tratados internacionales de los que México forma parte y las disposiciones federales y locales, según corresponda, con la finalidad de evitar conflictos y dotar de eficacia a nuestro sistema jurídico. (Garita, Armonización Normativa, Senado)

Elecciones Federales y Estatales

Las elecciones tienen un papel fundamental en las democracias modernas, ya que cumplen con dos funciones específicas: la renovación periódica del poder de forma pacífica y la legitimación de los representantes electos. Las elecciones son fuente de legitimación de los representantes electos pues, al ser seleccionados por la mayoría de la ciudadanía, existe cierta aceptación, con lo cual se incentiva la estabilidad política: “La legitimidad de los gobernantes electos  directamente por los ciudadanos contribuye, además, a mantener la estabilidad política, pues la conformidad de los individuos suele ser mayor” (Crespo 2013, 19). Las elecciones pueden clasificarse con base en su ámbito o nivel, con los cargos públicos que se eligen, con la forma en la que se elige y con el momento en que se elige (ACE Project 2017; Fernández y Nohlen 2015).

Estas pueden ser de tipo nacional, local o municipal. En relación con los cargos que se eligen, la división se relaciona con el poder público (Ejecutivo o Legislativo) y, por tanto, si es de carácter unipersonal (presidencia o gubernatura) o si es pluripersonal (Congreso).

Género y política

La política en materia de género se orienta a dar cuenta de aquellas que, en el contexto de procesos históricos específicos y usando los recursos disponibles socialmente, obtienen resultados que tienden a la justicia distributiva, de reconocimiento y de representación, fortaleciendo los logros de las mujeres en el ámbito político. (Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, ONU)

La Lucha por los Derechos Políticos de la Mujer

Muchas mujeres enfrentan situaciones de violencia cuando participan en campañas electorales y una vez que se convierten oficialmente en figuras públicas (chismes, panfletos, acoso sexual y hostigamiento, agresiones físicas efectivas y agresiones simbólicas).3

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía 4, a nivel nacional en promedio cada mujer ha experimentado alrededor de 3 (tres) actos de violencia de género a lo largo de su vida. Por tal motivo, la lucha por los derechos políticos de las mujeres parte del derecho fundamental de las mujeres a una vida libre de discriminación y violencia implica la imposición de la obligación de toda autoridad de actuar con la debida diligencia y de manera conjunta para prevenir, investigar, sancionar y reparar una posible afectación a sus derechos. (Jurisprudencia 21/2018: VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO. ELEMENTOS QUE LA ACTUALIZAN EN EL DEBATE POLÍTICO).
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 3.Freidenberg, Flavia, ¿Por qué a las mujeres les cuesta tanto hacer política? Diagnóstico, barreras y buenas prácticas para mejorar la representación femenina en América Latina. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Nacional Autónoma de México, México, 2018 (dos mil dieciocho).
4.Cita de la obra anterior.  

Militancia y Género

Los partidos políticos tienen entre sus obligaciones el cumplimiento de los principios de igualdad y no discriminación ante sus mujeres militantes, por lo que no deben preservar o reforzar los estereotipos de género que impidan o dificulten el desarrollo pleno de los derechos político-electorales de las mujeres en el ámbito político (SUP-REP-623/2018)

Paridad PolítiCa

Paridad de género: Igualdad entre mujeres y hombres, se garantiza con la asignación del 50% mujeres y 50% hombres en candidaturas a cargos de elección popular y en nombramientos de cargos por designación(Ley Electoral del Estado de Chihuahua, artículo 3 BIS, numeral 1, inciso m).

Participación Política de las Mujeres

En México, a partir del año 2014, los partidos tienen la obligación constitucional de integrar sus listas de candidatos con el 50% de mujeres y el 50% de hombres, respetando siempre que, en cada fórmula de candidatos, titular y suplente sean del mismo género (CPEUM, artículo 41, base I). El principio de paridad de género fue precedido por cuotas de género desde 1996, estableciendo inicialmente la obligación de no postular más del 70% de candidatos de un mismo género, porcentaje que bajó al 60% en 2008 (González et al. 2016, 108-115).

La paridad de género tiene un ámbito de acción amplio si se considera que es aplicable en los tres niveles de gobierno: federal, local y municipal, por ambos principios: representación proporcional (RP) y mayoría relativa (MR). La paridad también aplica para las fórmulas de candidaturas independientes, aunque en este caso, en beneficio del empoderamiento de las mujeres, se permite que los candidatos masculinos tengan una suplente femenina (SG-JDC-10932/2015; SUP-RAP-71/2016). En el nivel municipal, la paridad debe respetarse de forma vertical (paridad en las planillas) y horizontal (paridad en las candidaturas a presidente municipal).

Presupuesto Etiquetado para Capacitación, Promoción y Desarrollo del Liderazgo Político de las Mujeres (3%)

Los partidos deben asegurar la participación efectiva de ambos géneros en la integración de sus órganos de dirección (LGPP, artículos 3.3) y que cada año deben destinar el 3% de su financiamiento público ordinario para actividades que fortalezcan la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres (LGPP, artículo 51.1, inciso a, fracción V).

Violencia Política

La violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. (Jurisprudencia Electoral 48/2016)

La violencia contra las mujeres en espacios públicos tiene su base en la condición de desigualdad estructural entre hombres y mujeres, pues tradicionalmente el espacio público se ha reservado para hombres y el privado a las mujeres; así la introducción de las mujeres al espacio público las hace objeto de distintas formas de violencia de género, que buscan “recordarle” que está en un espacio que no le corresponde.1 
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 1.Frías en “Acoso, hostigamiento y violencia sexual en el trabajo y en el ámbito público”, en Expresiones y contextos de la violencia contra las mujeres en México. Resultados de la ENDIREH 2011 en comparación con sus versiones previas 2003 (dos mil tres) y 2006 (dos mil seis). México: INMUJERES-CRIM-UNAM, página 316.